jueves, 23 de septiembre de 2010

COMUNICADO N° 04 - DEL CEE - UNFV a la COMUNIDAD VILLARREALINA

El COMITÉ ELECTORAL EXTERNO de la UNFV cumple con recomendar a la comunidad universitaria una lectura cuidadosa de los artículos 17º, 40º, 41º inciso b), 45º, 46º inciso b), 48º y 59º del Reglamento General de Elecciones 2010, para que el proceso electoral sea llevado de la forma más adecuada.

Pueblo Libre, 23 de setiembre de 2010.

FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B.
Presidente CEE-UNFV

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Art. 17°: El sistema electoral que se aplica en las elecciones de la UNFV es el de lista incompleta, resultando representantes de lista por mayoría y de lista por minoría.

Art. 40°: Las elecciones se efectuarán bajo el sistema de lista incompleta. Este sistema reconoce como listas ganadoras a las dos listas que hayn obtenido la mayor votación. La primera lista se considerará lista ganadora por mayoría y la segunda lista ganadora por minoría.

Art. 41°: Cargos a elegir

a) Representantes de docentes ante la Asamblea Universitaria

......................................Total.........Mayoría.............Minoría

Docentes Principales:....... 21............. 14................ 07

Docentes Asociados:......... 13............. 09............... 04

Docentes Auxiliares: ........ 08........... 05................ 03

Total:............... 42........... 28................ 14

b) Representantes de docentes ante el Consejo de Facultad

Docentes Principales:....... 06............ 04..............02

Docentes Asociados:......... 04............03...............01

Docentes Auxiliares: ........ 02........... 02.............. 00

Total:............... 12.......... 09............... 03

Art 45°: Las listas de docentes candidatos deben ser presentadas por categoría y para cada Organo de Gobierno (....)

Art. 46°: Para inscribir una lista se requiere (b) (...) Lista completa de candidatos : Apellidos y nombres; facultad de procedencia, código, categorái, dedicación, aceptación firmada por el candidato, copia simple del d.n.i.

(c) Planillones de firmas, no menor del 10% de electores hábiles según formato del CEE-UNFV

Art. 48°: Para inscribir la lista de candidatos ante el Consejo de Facultad:

(a) La nómina de docentes debe ser: 06 principales, 04 asociados, y 02 auxiliares.

(b) Planillones con un mínimo del 10% de adherentes hábiles a la Facultad.

Art. 59°: Los recursos de tachas y reconsideraciones declarados fundados respecto a uno o más candidatos no invalida su inscripción (...) Siempre y cuando , se garantice oportunamente el número de representantes por mayoría o minoría en cada categoría a siginados a cada órgano de gobierno.

Link del CEE - UNFV , espacio facilitado por la ANR :


http://www.anr.edu.pe/cee/

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